Drones

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2017-15721

Disposición adicional tercera (del art 44).
Disposición adicional tercera. Reglas de policía de la circulación aérea en la operación de aeronaves tripuladas por control remoto con fines recreativos, deportivos o lúdicos.

Las operaciones de las aeronaves pilotadas por control remoto destinadas exclusivamente a actividades deportivas, recreativas, de competición y exhibición, así como a las actividades lúdicas propias de las aeronaves de juguete no podrán realizarse:

a) Sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o de reuniones de personas al aire libre, salvo que se trate de aeronaves de hasta 250 g que operen a una altura máxima no superior a 20 m.

https://droniteca.com/blog/drones-250-gramos/ dice que sí se puede.

 

No se no se https://osbodigital.es/2019/11/25/que-puedes-no-puedes-hacer-un-dron-hasta-250-g/

 

https://www.elespanol.com/omicrono/tecnologia/20210107/cambia-normativa-drones-saber-volarlo/548945876_0.html

Normativa de drones en España: licencias, tipos de vuelos y cómo cumplir con la legislación

https://www.seguridadaerea.gob.es/sites/default/files/faq-ue-rev-0.pdf

Las 8 dudas legales sobre el DJI Mini 2

 

 

¿Hay que dar de alta el drone? La página de AESA dice: No introduzca sus aeronaves en esta pestaña a menos que opere en categoría ‘específica’, es decir, si va a presentar una declaración operacional, una solicitud de autorización o una solicitud de LUC.

https://sede.seguridadaerea.gob.es/AESA_UAS/Formularios/Aeronaves.aspx

 

 

https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/tienes-un-uas-dron

 

En este enlace:

https://www.seguridadaerea.gob.es/es/ambitos/drones/operaciones-uas-drones/operaciones-con-uas-drones—categoria-abierta-subcategorias-a1-a2-y-a3

 

Donde pone esto:

Subcategoría A1

Las operaciones en subcategoría A1 se realizan evitando el sobrevuelo de personas no participantes y de concentraciones de personas. Los UAS aptos para volar dentro de esta subcategoría deben tener alguna de las siguientes características:

    • Ser de construcción privada con una MTOM <250 g y velocidad máxima inferior a 19m/s.
    • Tener una MTOM <250 g, sin marcado de clase y hayan sido introducidas en el mercado antes del 1 de enero de 2023, con los requisitos expuestos en el punto “UAS/drones sin marcado de clase”.
    • Llevar etiqueta de marcado de clase C0 y por tanto cumplan con los siguientes requisitos técnicos:
      • MTOM < 250 g;
      • velocidad máxima en vuelo horizontal de 19m/s;
      • fuente de alimentación eléctrica.

 

Las otras son:

  • Las operaciones en subcategoría A2 se realizan manteniendo una distancia horizontal de seguridad de al menos 30 m respecto de personas no participantes en la operación.
  • Las operaciones en la subcategoría A3 se realizan en zonas donde no se ponga en riesgo a ninguna persona no participante y a una distancia horizontal de seguridad mínima de 150 m de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas.
  • Boda de Estefanía & Cristian

    Málaga, España

  • Boda de Vania & Erick

    Cancún, México

  • Boda de Laura & José

    Denis Island, Seychelles

  • Boda de María José & Antonio

    Almería, España

  • Preboda de José & Annina

    Granada, España

  • Boda de Ana & Juanjo

    Granada, España

  • Boda de Paloma & Leo

    Málaga , España

  • Boda de Tamara & Javi

    Granada, España

  • Preboda de Marian & Jesús

    Granada, España

  • Boda de Annina & José

    Ronda, España

  • Boda de Lucía & Pablo

    Montevideo, Uruguay

  • Boda de Annette & Gerard

    Barcelona, España